Gastos veterinarios en la Renta 2024: ¿Se pueden deducir?

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En la campaña del IRPF 2024 tampoco se incluyeron deducciones autonómicas para los gastos veterinarios en la Renta, pero esto va a cambiar en la de 2025
Los animales juegan un papel fundamental en la vida de muchas personas. Hasta el punto de que una mascota puede llevar a convertirse en un miembro más de una familia. A diferencia de las personas, que podemos disfrutar del servicio público de salud, las consultas, pruebas, tratamientos y procedimientos veterinarios son de pago. Por lo que las facturas que tienen que abonar los propietarios de los animales pueden llegar a resultar muy costosas.
Para aliviar esta carga económica, se ha planteado de forma recurrente una solución innovadora: permitir a los propietarios deducirse los gastos veterinarios en la Renta. De esta manera, se estaría ayudando a las familias con rentas medias y bajas a poder adoptar mascotas y darles un hogar a animales que lo necesitan.
¿Ya es posible deducirse los gastos veterinarios en la Renta? Aún no.
Durante la campaña electoral de las elecciones autonómicas de 2023, varios partidos plantearon la aprobación de deducciones autonómicas para los gastos veterinarios en la Renta, por ejemplo, en autonomías como la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares o Canarias. Sin embargo, entre las deducciones autonómicas de estas comunidades para la campaña fiscal 2024 no figuraron los gastos veterinarios en la Renta.
Aunque en la campaña del IRPF de 2025 sí se espera que, por lo menos, Andalucía, permita a los contribuyentes deducirse los gastos veterinarios en la Renta.
En este artículo, vamos a profundizar en las demandas en torno al derecho a deducirse los gastos veterinarios en la Renta, haciendo hincapié en la documentación que deberán tener en cuenta tanto los propietarios de las mascotas como las clínicas veterinarias, una vez que esta clase de deducciones fiscales se aprueben.
La creciente importancia de los animales, su salud y sus derechos
A comienzos de 2023 se aprobó la Ley de bienestar animal, una normativa que reconoce una serie de derecho a los animales y de obligaciones a sus dueños.
Esta legislación no tiene un impacto directo en la gestión de los impuestos, sin embargo, evidencia la relevancia que ha adquirido el cuidado de los animales en nuestra sociedad.
Los propietarios de mascotas tienen que cumplir desde hace tiempo con la obligación de registrar a sus mascotas y suministrarles las vacunas obligatorias (por ejemplo, la de la rabia en el caso de los perros).
Asimismo, la mayoría de mascotas cuentan con microchips y son desparasitadas para proteger su salud. A mayores, debemos tener en cuenta las visitas al veterinario, los tratamientos y las intervenciones quirúrgicas que se llevan a cabo cuando los animales sufren algún accidente o padecen una enfermedad.
Cuidar a un animal como se merece puede conllevar un esfuerzo económico notable. De ahí que el debate sobre la posibilidad de deducir los gastos veterinarios en la Renta esté cada vez más presente en el seno de la opinión pública.
La deducción de los gastos veterinarios en la Renta es cuestión de tiempo
Sin entrar en profundidad a analizar el complejo funcionamiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), este tributo, esencial para la recaudación fiscal y el mantenimiento del Estado y los servicios públicos, se aplica a la renta de los ciudadanos. Sin embargo, para potenciar determinadas acciones y compensar ciertos desembolsos existen diversas deducciones. Por ejemplo, deducciones por haber realizado donaciones que contribuyan a la investigación científica o por cuidar a hijos menores.
Estas deducciones pueden ser comunes a todas las comunidades autónomas, pero también existen beneficios fiscales aprobados por las autonomías. De tal manera que una persona pueda beneficiarse de una deducción en la Comunidad de Madrid, pero no en Andalucía y viceversa.
Actualmente, no existen aprobadas deducciones de los gastos veterinarios en la Renta ni a nivel estatal ni autonómico. Sí se recogían entre las deducciones autonómicas para la Renta 2024 algunas medidas incentivadas a ayudar a financiar gastos sanitarios de las personas (salud mental, enfermedades raras, salud bucodental, adquisición de gafas y lentillas…), pero no de sus mascotas.
Sin embargo, algunos gobiernos autonómicos han planteado la posibilidad de aprobarlas en el corto plazo, como prometió en campaña la actual presidenta de Baleares.
¿Por qué? En función de la información de los registros, se estima que en España hay unos 15 millones de mascotas. Una cifra extraordinaria que aún resulta más impactante si la comparamos con el número de niños menores de 15 años: tan solo 6,6 millones de euros.
En este sentido, la adopción de mascotas se ha convertido en una cuestión de enorme relevancia social e, incluso, en un problema ante el colapso de los refugios de animales. Por ello, la deducción de los gastos veterinarios en la Renta busca dos objetivos centrales:
- Incentivar la adopción de mascotas, reduciendo los costes veterinarios.
- Aliviar la economía de las familias que ya cuentan con mascotas, ayudándolas a proteger la salud de sus mascotas ofreciéndoles deducir los gastos veterinarios en la Renta.
Andalucía, la primera CCAA en la que serán deducibles los gastos veterinarios en la Renta
Dentro de la precampaña para las elecciones andaluzas que tendrán lugar a principios de 2026, el Gobierno autonómico ha anunciado una nueva deducción en el IRPF que beneficiará a los ciudadanos que adquieran o adopten una mascota. ¿Cuáles son las claves de esta medida que se incluirá en los presupuestos de la comunidad para 2026?
- Serán deducibles el 30% de los gastos veterinarios en la Renta hasta un límite máximo de 100€.
- Podrán aplicarse esta deducción en el IRPF los contribuyentes que tengan una renta de hasta 80.000€ (tributación individual) o 100.000€ (conjunta).
- La deducción será aplicable durante el primer año en que se conviva con la mascota si esta ha sido comprada; durante los tres años siguientes a su adopción; o para toda la vida en caso de perros guía y otros animales de acompañamiento terapéutico.
Es decir, que se podrán deducir los gastos veterinarios en la Renta los contribuyentes andaluces que incorporen a una mascota a sus domicilios, pero no aquellos que ya cuentan con animales de compañía en sus casas.
Esta medida provocará que los veterinarios andaluces cuenten con un programa de facturación adaptado a la normativa y que les permita gestionar con facilidad la emisión y el envío de facturas a los dueños de los animales a los que cuidan.

¿Qué será necesario tener para poder deducir los gastos veterinarios en la Renta?
Mientras no se aprueban las deducciones de los gastos veterinarios en la Renta, ¿qué pueden hacer los propietarios de los animales para estar preparados y poder beneficiarse de estas medidas?
- Tener todos los papeles en regla. Los animales deben estar registrados de forma oficial y contar con sus certificados y pasaportes de vacunación.
- Disponer de las facturas de la clínica veterinaria en las que figuren los servicios prestados y se identifiquen tanto al animal como al propietario.
Sin esta documentación, los contribuyentes no podrán demostrar ante Hacienda que han tenido que afrontar una serie de gastos para salvaguardar la salud de sus mascotas. De tal manera que, aunque tengan derecho a la deducción de los gastos veterinarios en la Renta, no podrán beneficiarse de ella y aliviar la carga económica que suponen las facturas veterinarias.
¿Cómo pueden prepararse los veterinarios? Un software para clínicas veterinarias será indispensable
Como venimos de señalar, aún no es posible deducir los gastos veterinarios en la Renta, pero las clínicas veterinarias deben estar preparadas para ayudar a sus clientes a sacarle partido a este beneficio fiscal una vez que se ponga en marcha. ¿Cómo? Disponiendo de un software para clínicas veterinarias que les permita:
- Tener toda la información sobre las mascotas y sus propietarios almacenada y sistematizada.
- Llevar un registro exhaustivo del historial clínico de las mascotas, los tratamientos puestos en marcha, las vacunas efectuadas y los medicamentos suministrados.
- Gestionar los productos veterinarios, su compra, venta y stock.
- Realizar facturas con toda la información necesaria para cumplir con las exigencias de la Agencia Tributaria en cuestión de segundos.
- Poder llevar a cabo la facturación, la contabilidad y la fiscalidad propias y poder aprovechar los beneficios fiscales a los que tengan derecho.
En definitiva, los propietarios de mascotas aún no pueden deducir los gastos veterinarios en la Renta, pero el sino de los tiempos, el aumento de los animales que forman parte de nuestras familias, una normativa más garantista de los derechos animales y las propuestas políticas hacen prever que la puesta en marcha de la deducción de los gastos veterinarios en la Renta está cada día más próxima. Por eso, es vital que las clínicas veterinarias digitalicen su gestión económica y la información sobre las mascotas a las que cuidan.
