Gastos veterinarios en la Renta 2025: ¿Se pueden deducir?

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En la campaña del IRPF 2025 será posible por primera vez deducirse los gastos veterinarios en la Renta en dos comunidades autónomas
Los animales juegan un papel fundamental en la vida de muchas personas. Hasta el punto de que una mascota puede llevar a convertirse en un miembro más de una familia. A diferencia de las personas, que podemos disfrutar del servicio público de salud, las consultas, pruebas, tratamientos y procedimientos veterinarios son de pago. Por lo que las facturas que tienen que abonar los propietarios de los animales pueden llegar a resultar muy costosas.
Para aliviar esta carga económica, se ha planteado de forma recurrente una solución innovadora: permitir a los propietarios deducirse los gastos veterinarios en la Renta. De esta manera, se estaría ayudando a las familias con rentas medias y bajas a poder adoptar mascotas y darles un hogar a animales que lo necesitan.
¿Ya es posible deducirse los gastos veterinarios en la Renta? Por primera vez en la historia, en 2025 sí será posible en dos comunidades autónomas: Andalucía y Murcia.
Durante la campaña electoral de las elecciones autonómicas de 2023, varios partidos plantearon la aprobación de deducciones autonómicas para los gastos veterinarios en la Renta. Por ejemplo, en autonomías como la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares o Canarias. Sin embargo, entre las deducciones autonómicas de estas comunidades aún no figuran los gastos veterinarios en la Renta.
En cambio, en la campaña del IRPF de 2025 sí es posible deducirse los gastos veterinarios en la Renta en la comunidad más poblada de España, Andalucía, y en la Región de Murcia.
En este artículo, te vamos a contar cómo pueden andaluces y murcianos deducirse los gastos veterinarios en la Renta, haciendo hincapié en la documentación que deberán tener en cuenta tanto los propietarios de las mascotas como las clínicas veterinarias.
La creciente importancia de los animales, su salud y sus derechos
A comienzos de 2023 se aprobó la Ley de bienestar animal, una normativa que reconoce una serie de derecho a los animales y de obligaciones a sus dueños.
Esta legislación no tiene un impacto directo en la gestión de los impuestos, sin embargo, evidencia la relevancia que ha adquirido el cuidado de los animales en nuestra sociedad.
Los propietarios de mascotas tienen que cumplir desde hace tiempo con la obligación de registrar a sus mascotas y suministrarles las vacunas obligatorias (por ejemplo, la de la rabia en el caso de los perros).
Asimismo, la mayoría de mascotas cuentan con microchips y son desparasitadas para proteger su salud. A mayores, debemos tener en cuenta las visitas al veterinario, los tratamientos y las intervenciones quirúrgicas que se llevan a cabo cuando los animales sufren algún accidente o padecen una enfermedad.
Cuidar a un animal como se merece puede conllevar un esfuerzo económico notable. De ahí que el debate sobre la posibilidad de deducir los gastos veterinarios en la Renta esté cada vez más presente en el seno de la opinión pública.
La deducción de los gastos veterinarios en la Renta era cuestión de tiempo
Sin entrar en profundidad a analizar el complejo funcionamiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), este tributo, esencial para la recaudación fiscal y el mantenimiento del Estado y los servicios públicos, se aplica a la renta de los ciudadanos. Sin embargo, para potenciar determinadas acciones y compensar ciertos desembolsos existen diversas deducciones. Por ejemplo, deducciones por haber realizado donaciones que contribuyan a la investigación científica o por cuidar a hijos menores.
Estas deducciones pueden ser comunes a todas las comunidades autónomas, pero también existen beneficios fiscales aprobados por las autonomías. De tal manera que una persona pueda beneficiarse de una deducción en la Comunidad de Madrid, pero no en Andalucía y viceversa.
En los últimos años se ha extendido el debate en torno a la deducción de los gastos veterinarios, habida cuenta de que se estima que en España hay unos 15 millones de mascotas. Una cifra extraordinaria que aún resulta más impactante si la comparamos con el número de niños menores de 15 años: tan solo 6,6 millones de euros.
En este sentido, la adopción de mascotas se ha convertido en una cuestión de enorme relevancia social e, incluso, en un problema ante el colapso de los refugios de animales. Por ello, la deducción de los gastos veterinarios en la Renta busca dos objetivos centrales:
- Incentivar la adopción de mascotas, reduciendo los costes veterinarios.
- Aliviar la economía de las familias que ya cuentan con mascotas, ayudándolas a proteger la salud de sus mascotas ofreciéndoles deducir los gastos veterinarios en la Renta.
Cómo deducirse los gastos veterinarios en la Renta en Andalucía
Ya a principios de 2025, el Gobierno autonómico anunció una nueva deducción en el IRPF que beneficiará a los ciudadanos que sean propietarios de mascotas. ¿Cómo funciona este beneficio fiscal?
- Son deducibles el 30% de los gastos veterinarios en la Renta abonados para cuidar a animales de compañía y perros de asistencia, hasta un límite máximo de 100€.
- Los gastos deducibles son: los relativos a vacunaciones, desparasitación y otros tratamientos obligatorios; y los de esterilización cuando sea preceptiva.
- Podrán aplicarse esta deducción en el IRPF los contribuyentes que tengan una renta de hasta 80.000€ (tributación individual) o 100.000€ (conjunta).
- La deducción será aplicable durante el primer año en que se conviva con la mascota si esta ha sido comprada; durante los tres años siguientes a su adopción; o para toda la vida en caso de perros guía y otros animales de acompañamiento terapéutico.
- La deducción de los gastos veterinarios en la Renta solo es posible para mascotas o perros de asistencias adquiridos desde el 1 de enero de 2025.
Es decir, que se podrán deducir los gastos veterinarios en la Renta los contribuyentes andaluces que incorporen a una mascota a sus domicilios, pero no aquellos que ya cuentan con animales de compañía en sus casas.
Esta medida implica que los veterinarios andaluces tienen que contar con un programa de facturación adaptado a la normativa y que les permita gestionar con facilidad la emisión y el envío de facturas a los dueños de los animales a los que cuidan.
Cómo deducirse los gastos veterinarios en la Renta en Murcia
En el caso de la Región de Murcia, la deducción es menos restrictiva. Así, es posible deducirse el 30% de las cantidades pagadas por servicios veterinarios prestados a los animales domésticos.
El límite de esta deducción por gastos veterinarios en la Renta es de 100 euros anuales. Y, para poder acceder a ella, la suma de la base imponible general y del ahorro no puede ser superior a 25.000€ (declaración individual) o 40.000€ (declaración conjunta).
Por lo que miles de murcianos podrán deducirse los gastos veterinarios en la Renta de 2025.

¿Qué es necesario tener para poder deducirse los gastos veterinarios en la Renta?
Los propietarios de animales necesitan:
- Tener todos los papeles en regla. Los animales deben estar registrados de forma oficial y contar con sus certificados y pasaportes de vacunación.
- Disponer de las facturas de la clínica veterinaria en las que figuren los servicios prestados y se identifiquen tanto al animal como al propietario.
Sin esta documentación, los contribuyentes no podrán demostrar ante Hacienda que han tenido que afrontar una serie de gastos para salvaguardar la salud de sus mascotas. De tal manera que, aunque tengan derecho a la deducción de los gastos veterinarios en la Renta, no podrán beneficiarse de ella y aliviar la carga económica que suponen las facturas veterinarias.
¿Qué necesitan los veterinarios? Un software para clínicas veterinarias será indispensable
Como venimos de señalar, ya es posible deducir los gastos veterinarios en la Renta en dos comunidades autónomas y es previsible que esta deducción se aplique en más territorios en los próximos años. Por eso, tanto las clínicas andaluzas y murcianas como las demás necesitan estar preparadas para ayudar a sus clientes a sacarle partido a este beneficio fiscal una vez que se ponga en marcha. ¿Cómo? Disponiendo de un software para clínicas veterinarias que les permita:
- Tener toda la información sobre las mascotas y sus propietarios almacenada y sistematizada.
- Llevar un registro exhaustivo del historial clínico de las mascotas, los tratamientos puestos en marcha, las vacunas efectuadas y los medicamentos suministrados.
- Gestionar los productos veterinarios, su compra, venta y stock.
- Realizar facturas con toda la información necesaria para cumplir con las exigencias de la Agencia Tributaria en cuestión de segundos.
- Poder llevar a cabo la facturación, la contabilidad y la fiscalidad propias y poder aprovechar los beneficios fiscales a los que tengan derecho.
En definitiva, los propietarios de mascotas ya pueden deducir los gastos veterinarios en la Renta en Andalucía y Murcia. Pero, además, el sino de los tiempos, el aumento de los animales que forman parte de nuestras familias y una normativa más garantista de los derechos animales y las propuestas políticas hacen prever que la puesta en marcha de la deducción de los gastos veterinarios en la Renta se extienda a más comunidades. Por eso, es vital que las clínicas veterinarias digitalicen su gestión económica y la información sobre las mascotas a las que cuidan.